Centro Nacional de Visados (NVC) y tramitación en embajadas para la inmigración basada en la familia

Inmigración basada en Familiares

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El Centro Nacional de Visados (NVC) es una división del Departamento de Estado de EE.UU. que tiene un papel importante en la tramitación de las solicitudes de visas de inmigrante, así como de las solicitudes de visas de prometido.

Estos visados se expiden en las embajadas y consulados de EE.UU. en el extranjero a las personas que desean inmigrar a los Estados Unidos, pues quienes ya se encuentran en los Estados Unidos les corresponde ajustar su estatus a Residente Permanente sin salir de los Estados Unidos.

Sin embargo, en los casos de inmigración por motivos familiares, el USCIS, una división del Departamento de Seguridad Nacional, tramitará las solicitudes de visado antes de remitirlas al Centro Nacional de Visados (NVC) para su posterior tramitación y eventual expedición en una embajada o consulado de Estados Unidos en el extranjero.

Los visados de inmigración para familiares de ciudadanos estadounidenses y residentes permanentes legales se presentan con el formulario I-130 del USCIS.

Tiempos de espera

Las peticiones de visado de inmigración para familiares directos de ciudadanos estadounidenses no requieren un tiempo de espera especial más allá de la tramitación burocrática ordinaria que suele ser de un año aproximadamente, mientras que otros visados basados en la familia podrían requerir tiempos de espera de hasta varias décadas, debido a las cuotas numéricas anuales.

Cuando se aprueba el formulario I-130, se reconoce una relación familiar entre el peticionario y el beneficiario, sin embargo el Departamento de Estado de EE.UU. depende del Centro Nacional de Visados (NVC) para decidir si estos familiares tienen derecho a inmigrar a EE.UU. y cuándo.

Procedimiento paso a paso

Para presentar una petición de visado de inmigración a EE.UU. basada en la familia desde una embajada o consulado de EE.UU. en el extranjero, tendrá que completar los siguientes pasos:

  • Presentar el formulario I-130 de Petición de familiar extranjero, al USCIS. El objetivo es que el USCIS reconozca la relación familiar entre el peticionario y el beneficiario.
  • Si el USCIS aprueba la petición, la enviará al Departamento de Estado para la tramitación del Centro Nacional de Visados (NVC). Según la prioridad del visado puede esperar desde unas semanas hasta unas décadas para su aprobación.
  • Las peticiones de visa por matrimonio son de las más rápidas en ser aprobadas. Se le proporcionará una cuenta en línea en el Centro de Solicitud Electrónica Consular (CEAC), donde presentará los documentos y pagará las tasas.
  • Una vez que el Centro Nacional de Visados (NVC) apruebe su petición, le notificará que debe pagar las tasas correspondientes: La tasa de tramitación de la solicitud de visa de inmigrante cuesta 220 dólares y la tasa de declaración jurada de apoyo 120 dólares. Ambas tasas pueden pagarse en el NVC por Internet.
  • El NVC tardará aproximadamente una semana en procesar sus pagos, por lo que durante ese tiempo no podrá acceder al formulario DS-260 del Departamento de Estado, Solicitud de Visado de Inmigrante y Registro de Extranjeros.
  • El solicitante estadounidense debe patrocinar al beneficiario rellenando el formulario I-864, Declaración jurada de apoyo, y proporcionando información sobre sus finanzas. El patrocinio conjunto es posible si los ingresos del peticionario son insuficientes.

El formulario I-864 obliga al patrocinador o patrocinadores a dar suficiente apoyo financiero al beneficiario mientras éste se encuentre en los Estados Unidos. 

Atención a esto: Si la relación se basa en el matrimonio, el divorcio no pone fin a la obligación. Por otra parte el visado puede ser rechazado si el/los patrocinador/es carece/n de capacidad financiera suficiente.

  • Rellene el formulario DS-260 del Departamento de Estado y preséntelo en su cuenta del Centro de Solicitudes Electrónicas Consulares (CEAC). No olvide que debe imprimir la página de confirmación y llevarla a su entrevista.
  • Después de presentar el formulario DS-260, tendrá que reunir una amplia gama de documentos tales como registros de adopción, certificados de nacimiento, registros judiciales, certificados de matrimonio, certificados policiales y otros documentos.
  • Recibirá una carta informándole de la fecha de su entrevista en una embajada o consulado de EE.UU. en el extranjero.
  • Programe una fecha para un examen médico por un médico aprobado por el USCIS los cuales son conocidos como «Cirujanos Civiles» por el USCIS. Probablemente haya muchos cirujanos civiles aprobados por el USCIS en su país de origen.
  • En la fecha de su examen, los resultados del mismo le serán entregados en un sobre sellado después de completar el examen. Conserve el sobre y no rompa el sello.

El Centro Nacional de Visados (NVC) le enviará instrucciones sobre los documentos que debe reunir.

El Grupo Legal Herman

El Herman Legal Group fue fundado en 1994 por el reconocido abogado de inmigración y autor Richard Herman. El Herman Law Group es conocido por la comprensión hacia sus clientes, su vigorosa defensa, su capacidad multilingüe pues el personal y los abogados hablan más de una docena de idiomas y su enfoque individualizado de los casos de sus clientes.

Durante un cuarto de siglo de servir a las necesidades de inmigración de miles de inmigrantes, el mundo comenzó a tomar nota. En 2016, por ejemplo, el US News and World Report nombró a Herman Legal Group «Mejor Firma de Abogados» en la categoría de derecho de inmigración.
Hemos ayudado a multitud de inmigrantes a obtener un empleo, a reunirse con sus familias y a empezar una nueva vida en los Estados Unidos y nos encantaría tener la oportunidad de hacer lo mismo por usted.

Preguntas frecuentes (FAQs)

He oído que los abogados de inmigración usan la misma fórmula para los casos de sus clientes y tratan de resolverlos utilizando fórmulas simples. Pero mi caso es único. ¿Puede describir la filosofía de gestión de casos de su bufete?

Desafortunadamente, usted tiene toda la razón en que muchos bufetes de abogados de inmigración adoptan un enfoque uniforme para los casos de sus clientes, pero no el Herman Legal Group. En Herman Legal Group, nunca olvidamos que cada caso representa un conjunto único de hechos que debe ser resuelto por sus propios méritos. No hay dos casos, ni dos clientes exactamente iguales. Le proporcionaremos la representación individualizada que usted requiere.

En la fecha en que presenté una petición de inmigración basada en la familia en nombre de mi cónyuge, yo era un residente permanente legal de los Estados Unidos. Desde entonces me he convertido en ciudadano estadounidense. ¿Qué efecto tendrá esto en mi caso?

Hacerse ciudadano estadounidense podría tener un efecto positivo importante en su caso; de hecho, podría incluso ahorrarle a su cónyuge años de tiempo de espera. Este beneficio se aplica incluso si usted obtuvo la ciudadanía después de la fecha en que presentó la petición de visado de inmigrante.

Si esto ocurre debe presentar una prueba de su ciudadanía estadounidense al Centro Nacional de Visados (NVC) para que mejoren la fecha de prioridad del visado de su cónyuge.  La prueba a presentar puede ser:

  • Una copia de la página de datos personales de su pasaporte estadounidense (la página con su foto); o
  • Una copia de su Certificado de Naturalización que indique la fecha en que se naturalizó.

Su ciudadanía estadounidense también afectará positivamente a la fecha de prioridad de cualquier petición que haya presentado en nombre de los hijos menores de su cónyuge. Sin embargo, tendrá que presentar nueva documentación para estos hijos menores. Por lo que es recomendable consultar a un abogado de inmigración para conocer los detalles.

¿Hay alguna documentación especial que deba presentar si decido contratar a un abogado de inmigración para que me ayude en mis gestiones con el Centro Nacional de Visados (NVC)?

Si usted contrata a un abogado para que lo represente, deberá presentar un formulario G-28 firmado y fechado. Aviso de comparecencia como abogado o representante.

Me entrevisté para un visado de inmigrante en una embajada de EE.UU., pero me lo denegaron. ¿Puedo apelar al Centro Nacional de Visados (NVC)?

No, lamentablemente, el Centro Nacional de Visados (NVC) no tiene autoridad para anular la decisión de una embajada o consulado de EE.UU. relativa a un visado de inmigrante. Aunque apelar la denegación de un visado de inmigrante es casi imposible, puede presentar una Moción de Reconsideración ante la embajada o el consulado que denegó su petición de visado en primer lugar.

Me han expedido un visado de inmigrante para EE.UU., pero no he podido llegar a EE.UU. en la fecha en que expiraba. ¿Puedo solicitar otro visado con una fecha de caducidad posterior?

Sí, puede solicitar un nuevo visado de inmigrante en la embajada o consulado de EE.UU. que se lo expidió en primer lugar, aunque no están obligados a ofrecerle uno nuevo. Tendrá que aportar cierta documentación y pagar otra tasa de tramitación antes de poder recibir un nuevo visado de inmigrante.

He solicitado un visado de inmigración para mi familiar, que ahora se enfrenta a una emergencia médica de vida o muerte. ¿Puede el Centro Nacional de Visados (NVC) acelerar el proceso de aprobación del visado de inmigrante de mi familiar?

Eso depende de si la fecha de prioridad del visado de su familiar está vigente, es decir que haya un visado disponible según el sistema actual de cuotas de visados. De ser así el Centro Nacional de Visados (NVC) tiene la opción de acelerar la tramitación. Sin embargo, si su fecha de prioridad no está al día, el Centro Nacional de Visados (NVC) no puede ayudar ni siquiera en una emergencia de vida o muerte.

Preguntas frecuentes (FAQs)

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Si usted necesita ayuda para lidiar con el Centro Nacional de Visas (NVC), para llegar a los Estados Unidos, o para asegurar una visa de prometido(a) o una visa de inmigrante para un miembro de la familia, nosotros podemos ayudar. En el Herman Legal Group, llevamos décadas consiguiendo que los inmigrantes entren en los Estados Unidos.

Llámenos al +1-216-696-6170 o al (+1)(614) 300-1131, complete nuestro formulario de contacto en línea, o pase por una de nuestras oficinas en Columbus, Ohio, Cleveland, Ohio, o Detroit, Michigan.